Impuestos que afectan las ventas:
De acuerdo a la especialista que relata el articulo investigado nos dice que existen dos tipos de impuestos que afectan no solo las ventas de una empresa sino también a la producción definiendo cada uno de la siguiente forma.
Los impuestos distorsivos, son aquellos que se ven reflejados como un efecto cascada, pues se aplica en cada una de las etapas de la producción y la comercialización, hasta que llega a manos del consumidor final. Por ejemplo una persona lo toma costo y le aplica la ganancia que le corresponde obtener, el resultado acumulado es el precio del producto.
Impuestos distorsivos o no neutrales:
- Ingresos brutos (tributo que se cobra a las provincias y la capital federal)
- Flamante inpuesto (transferencia en cuentas corriente que aplicará, siendo los más distorsivos.
- Ganancia mínima presunta (perjudica a todos, hasta a las empresas que pierden dinero tienen que pagarlos).
- Intereses (prestamos que toman los agentes económicos de los bancos locales).
La mayoría de los especialistas mencionan al IVA como uno de los principales en esta sección, así como el impuesto a las ganancias.
- El IVA, es distinto de los ingreosos brutos, porque impide que el valor se traslade en el precio en las etapas del consumidor final, si es para todos y está aplicado en una economía en auge, es totalmente neutro, porque se puede recuperar fácilmente, en un tiempo breve. En caso de que un sector no haga su pago pasar a ser distorsivo, porque ya no puede ser recuperado.
- Los impuestos internos según el autor dice que es "opinable, pero hay que reconocer que es gravamen también atenta contra el ahorro"
Impuestos que afectan las ventas por Internet (carrito de compras):
Pagarás impuestos por las compras hechas por Internet
Pagarás la tasa de impuesto que corresponde al estado donde vives, al margen del lugar en que esté ubicada la empresa que vende online. Pero, no todos los estados califican. Para poder entrar en el programa, y cobrar impuestos, los estados tienen que usar un impuesto de venta sencillo. Hasta ahora, menos de la mitad de los gobiernos estatales tienen un impuesto “sencillo”, así que tendrán que cambiar la forma en que cobran impuestos. Esto lo harán cuanto antes porque fácilmente les puede generar cientos de millones o hasta miles de millones de dólares en nuevos ingresos.
Es útil darse de alta en el registro de operadores de IVA intracomunitario, que se necesita si se va a emitir facturas a empresas europeas sin IVA.Antes este escenario, la aplicación del IVA tiene diferentes escenarios que pueden aplicarse, los cuales pueden ser los siguientes:
- Si el prestador y el destinatario del servicio del comercio por Internet están establecidos en España, es decir península y Baleares se aplicará el régimen general del IVA del 21 por ciento.
- Si el destinatario, empresario o profesional está establecido en un Estado miembro de la Unión Europea distinto a España (el lugar de realización del servicio será el Estado miembro donde esté establecido el destinatario). No se debe repercutir IVA español y el sujeto pasivo del impuesto en el estado de destino es el empresario o profesional destinatario del servicio.
- Si el destinatario, empresario o profesional, establecido fuera de la Unión Europea, salvo Canarias, Ceuta y Melilla: el lugar de realización de estas prestaciones es el estado destinatario y no se debe repercutir IVA.
- Destinatario, empresario o profesional establecido en Canarias, Ceuta o Melilla: el lugar de realización nunca será el territorio español y la operación se gravará en el territorio de destino entonces no se debe repercutir IVA.
- Si el destinatario es un particular, es decir, no es un empresario o profesional, establecido en España (Península y Baleares) o en algún Estado de la Unión Europea: el lugar de realización de la prestación del servicio es el territorio español. Se debe repercutir el IVA al destinatario aplicando el tipo general del 21 por ciento y el sujeto pasivo del impuesto es el prestador del servicio.
- Destinatario particular, no empresario o profesional, establecido fuera de la Unión Europea: el lugar de realización de la prestación de servicio es el estado de destino y no se debe repercutir IVA en ningún caso.
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